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Documentación · 8 min

Checklist de factura del Kit Digital para una pyme canaria

Una factura puede cuadrar en importe y fallar en identidad, alcance o impuesto. Revísala antes de pagar y antes de incorporarla a la justificación.

Actualizado: 27 de agosto de 2026

El Reglamento de facturación define los datos obligatorios del documento que conecta el acuerdo, el trabajo realizado, el impuesto y el pago. En Canarias añade una capa especial: hay que distinguir IGIC repercutido, inversión del sujeto pasivo, operaciones no sujetas e importaciones. Esta lista sirve para una primera revisión administrativa; los casos dudosos deben validarse con la asesoría fiscal y con la documentación del expediente.

1. Identidad y numeración

  • Número y serie correlativos.
  • Fecha de expedición y, si es distinta, fecha de la operación.
  • Nombre o razón social completa del emisor y del destinatario.
  • NIF de ambas partes cuando resulte obligatorio, especialmente en inversión.
  • Domicilio de emisor y destinatario.

Compara estos datos con el acuerdo y la resolución. Una abreviatura comercial no debe sustituir a la entidad que realmente contrató y recibió la solución.

2. Descripción que permita reconocer el trabajo

«Servicios informáticos» es demasiado genérico para relacionar la factura con entregables y evidencias. La descripción debe indicar la solución, el periodo, la fase y, cuando proceda, unidades o licencias. Si existen ampliaciones no cubiertas, mantenimiento adicional o trabajos ajenos al acuerdo, sepáralos.

Una buena línea responde a tres preguntas: qué se entregó, durante qué periodo y a qué parte del acuerdo corresponde.

3. Base, bono, aportación e impuesto

Comprueba la base imponible, los descuentos, el tipo y la cuota. El bono no es el total de la factura: se aplica sobre el coste subvencionable y, según las bases reguladoras, no cubre los impuestos indirectos. Si el precio supera el importe financiado, la diferencia y su impuesto corresponden al beneficiario.

BloqueDebe quedar claro
SubvencionableBase asociada a la solución cubierta
No subvencionableMejoras, extras o periodos fuera del acuerdo
ImpuestoTipo, cuota o motivo de no repercusión
TotalImporte final y parte que paga cada parte

4. Qué mención fiscal corresponde

Según la información oficial del IGIC, si el proveedor establecido en Canarias repercute el impuesto, deben figurar base, tipo y cuota. Si el destinatario canario es sujeto pasivo por una prestación de un proveedor no establecido, la factura debe incluir la mención «inversión del sujeto pasivo». Si la operación está exenta, debe indicarse la exención o su referencia normativa. Y si no está sujeta por reglas de localización, no conviene llamarla exenta.

  • IVA al 21 % aplicado por inercia a un servicio localizado en Canarias.
  • IGIC al 0 % usado como sinónimo de operación no sujeta.
  • «Exento» sin explicar el supuesto aplicable.
  • Factura sin cuota y sin mención a la inversión cuando corresponde.

5. Separa bienes y servicios

La configuración remota, una licencia o la consultoría siguen las reglas de servicios. Un equipo enviado desde la Península entra en Canarias como bien y puede exigir documentación aduanera y liquidación a la importación. Mezclar todo bajo «solución digital» dificulta comprobar el impuesto y la entrega. Solicita líneas distintas, números de serie y justificantes de recepción cuando haya hardware.

6. Comprueba el pago y las evidencias

El justificante bancario debe permitir enlazar ordenante, beneficiario, importe, fecha y factura. Conserva también actas de conformidad, accesos, capturas, informes, registros de configuración, formación y cualquier evidencia exigida para la categoría. Una factura correcta no demuestra por sí sola que la solución se haya implantado.

  1. Compara

    Resolución, acuerdo, presupuesto y factura.

  2. Valida

    Tratamiento fiscal y establecimiento destinatario.

  3. Paga

    Desde una cuenta identificable y con concepto trazable.

  4. Archiva

    Factura, pago, entregables y aceptación en un mismo expediente.

Checklist final de un minuto

  • ¿Coinciden razón social y NIF con el acuerdo?
  • ¿Se entiende exactamente qué se ha entregado?
  • ¿Están separados extras, hardware y servicios?
  • ¿La base y el impuesto están bien calculados?
  • ¿La factura dice inversión, exención o no sujeción cuando corresponde?
  • ¿El pago y las evidencias se pueden relacionar sin ambigüedad?

Si el proveedor está en la Península, amplía la revisión con la guía sobre empresa canaria y proveedor peninsular.

Preguntas frecuentes

¿El bono incluye el IGIC?

No. La ayuda se aplica al coste subvencionable antes de impuestos. La cuota repercutida o autoliquidada corresponde al beneficiario, aunque después pueda deducirla según su régimen y actividad.

¿Una factura sin cuota puede ser correcta?

Sí. En una inversión del sujeto pasivo, el proveedor no repercute la cuota, pero debe incluir la mención adecuada y el destinatario declara el impuesto. «Sin cuota» no significa «sin obligación fiscal».

¿La factura basta para justificar que se implantó la solución?

No. Debe acompañarse del pago y de evidencias que acrediten la prestación: accesos, configuración, entregables, aceptación, formación o cualquier prueba exigida para la categoría correspondiente.